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    • IMPORTANTE: Las comunicaciones del centro se hacen a través de la app iPasen, disponible de forma gratuita para Android y Apple. Si algún padre/madre/tutor no tiene disponibilidad de uso de esta app es importante que contacte con el centro para habilitar otra forma de comunicación (Ampliar información)

 

 

 

Enlaces 

 

 

 

CURSO

 

MEMORIAS

2017/18
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2016/17
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2015/16
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2014/15
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2013/14
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2012/13  
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación

2011/12
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 
2010/11
1ª Evaluación
2ª Evaluación
3ª Evaluación
 

 

 

Los representantes legales del alumnado podrán instar el procedimiento de revisión de la calificación final obtenida en una materia y respecto a la decisión de promoción adoptada en los plazos establecidos, bien en junio, bien en septiembre, cuando consideren lesionado su derecho y por ende puedan justificar su reclamación, una vez agotadas las aclaraciones verbales pertinentes con el profesorado. No procederá iniciar el procedimiento de revisión de calificaciones hasta el momento en el que éstas tengan la consideración de calificación final en las correspondientes actas de evaluación.

 

PROCESO DE RECLAMACIÓN SOBRE CALIFICACIONES, PROMOCIÓN O TITULACIÓN

El procedimiento para ello es el siguiente:

  • Todas las reclamaciones de solicitud de revisión, tanto las dirigidas al Centro -primera instancia- (MOD 01) como las que se dirigen a la Delegación Provincial -segunda instancia-(MOD 02), se presentarán por escrito en la Secretaría del Centro en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en que se produjo la comunicación. La solicitud de revisión contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con la calificación final o la decisión adoptada.
  • Cuando la entrega del mencionado escrito sea para elevarlo a la Delegación Territorial, se hará entrega en el mismo momento de la recepción de la notificación para la comunicación de la Resolución de la Delegación (MOD 03).

  • Cuando la solicitud de revisión se presente fuera de plazo (dos días hábiles a partir de la comunicación), se comunicará al interesado su inadmisibilidad (MOD 04).

Calendario curso 2021/22

 

CONVOCATORIA ORDINARIA
2º BACHILLERATO
 01/06/2022    Comunicación de calificaciones 2º Bachillerato por iPasen
 02/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia (*)
 03/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia (*)
 06/06/2022  10.00-13.00 h  Reunión Dptos didácticos resolucion reclamaciones. Comunicación interesados
 07/06/2022 
 10.00-13.00 h 
 Reclamación 2a instancia.
 08/06/2022
 10.00-13.00 h   Reclamación 2a instancia.
hasta el 13/06    Comunicación de la resolución por parte de la Delegación
ESO, 1º BACHILLERATO Y FP
 27/06/2022    Comunicación de calificaciones mediantes iPasen
 28/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia (*)
 29/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia (*)
 30/06/2022  10.00-13.00 h  Reunión Dptos didácticos resolucion reclamaciones. Comunicación interesados
 01/07//2022  10.00-13.00 h  Reclamación 2a instancia.
 04/07/2022  10.00-13.00 h  Reclamación 2a instancia.
hasta el 13/07    Comunicación de la resolución por parte de la Delegación

(*) Las familias tendrán las siguientes opciones para solicitar aclaraciones verbales:

  • A través de Pasen o iPasen. Se habilitará la posibilidad de que la familia escriba directamente al profesorado para solicitar las aclaraciones que estime oportunas.
  • Personalmente, previa cita con el profesor a través de Pasen o del correo corporativo del profesor.
  • Se evitará personarse en el centro sin haber establecido una cita con el profesor o profesora correspondiente.
CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA
2º BACHILLERATO
 24/06/2022    Comunicación calificaciones 2º Bachillerato
 27/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia
 28/06/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia
 29/06/2022  10.00-13.00 h  Reunión Dptos didácticos resolución reclamaciones. Comunicación interesados
 30/06/2022 
 10.00-13.00 h 
 Reclamación 2a instancia.
 01/07/2022
 10.00-13.00 h   Reclamación 2a instancia.
Hasta 11/07    Comunicación de la resolución por parte de la Delegación
1º BACHILLERATO
 07/09/2022    Comunicación calificaciones ESO, 1º Bachillerato y FP
 09/09/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia
 10/09/2022  10.00-13.00 h  Trámite de audiencia. Aclaraciones verbales. Reclamación 1ª instancia
 13/09/2022  10.00-13.00 h  Reunión Dptos didácticos resolución reclamaciones. Comunicación interesados
 14/09/2022  10.00-13.00 h  Reclamación 2a instancia.
 15/09/2022  10.00-13.00 h  Reclamación 2a instancia.
Hasta 23/09    Comunicación de la resolución por parte de la Delegación

 

Procedimiento de revisión ante el centro (Primera instancia).

Se pueden dar tres supuestos.

a) Si se solicita la revisión de la calificación final de una materia en cualquier etapa:

  • La solicitud de revisión deberá formularse por escrito (MOD 01) y presentarse en el centro docente en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en el que se produjo la comunicación de la calificación final o de la decisión de promoción y contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con dicha calificación o con la decisión adoptada.
  • Esta será tramitada a través de la jefatura de estudios, quien la trasladará al departamento de coordinación didáctica responsable de la materia con cuya calificación se manifiesta el desacuerdo, y comunicará tal circunstancia al profesor tutor o profesora tutora.El profesorado del departamento contrastará las actuaciones seguidas en el proceso de evaluación, con especial referencia a la adecuación de los procedimientos e instrumentos de evaluación aplicados con los recogidos en la correspondiente programación didáctica y en el proyecto educativo del centro. Tras este estudio, el departamento didáctico elaborará el informe correspondiente que recogerá la descripción de los hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, el análisis realizado y la decisión adoptada por el mismode ratificación o modificación de la calificación final objeto de revisión. (MOD 05).

    El jefe o la jefa del departamento de coordinación didáctica correspondiente trasladará el informe elaborado al jefe o jefa de estudios, quien informará al profesor tutor o profesora tutora haciéndole entrega de una copia de dicho informe para considerar conjuntamente, en función de los criterios de promoción establecidos con carácter general en el centro docente, la procedencia de reunir en sesión extraordinaria al equipo docente, a fin de valorar la posibilidad de revisar los acuerdos y las decisiones adoptadas para dicho alumno o alumna.
  • El jefe o jefa de estudios comunicará por escrito al alumno o alumna y a su padre, madre o quienes ejerzansu tutela legal, la decisión razonada de ratificación o modificación de la calificación revisada. (MOD 06). Asimismo informará de la misma al profesor tutor o profesora tutora haciéndole entrega de una copia del escrito cursado, lo cual pondrá término al proceso de revisión

  • Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna calificación final y de los consecuentes efectos de promoción para el alumno o alumna, el secretario o secretaria del centro docente insertará en las actas y, en su caso, en el expediente académico y en el historial académico de Bachillerato del alumno o la alumna, la oportuna diligencia, que será visada por el director o directora del centro.

b) Si se solicita la revisión de la decisión de promoción en ESO:

  • La solicitud de revisión deberá formularse por escrito y presentarse en el centro docente en el plazo de dos días hábiles a partir de aquel en el que se produjo la comunicación de la calificación final o de la decisión de promoción y contendrá cuantas alegaciones justifiquen la disconformidad con dicha calificación o con la decisión adoptada.
  • Esta será tramitada a través de la jefatura de estudios, quien la trasladará al profesor tutor o profesora tutora del alumno o alumna, como responsable de la coordinación de la sesión de evaluación en la que se adoptó la decisión.

  • Cuando la solicitud de revisión tenga por objeto la decisión de promoción adoptada para un alumno o alumna, se realizará, en un plazo máximo de dos días hábiles desde la finalización del período de solicitud de revisión, una reunión extraordinaria del equipo docente correspondiente. En dicha reunión se revisará el proceso de adopción de dicha decisión a la vista de las alegaciones presentadas. El profesor tutor o la profesora tutora recogerá en el acta de la sesión extraordinaria la descripción de hechos y actuaciones previas que hayan tenido lugar, los puntos principales de las deliberaciones del equipo docente y la ratificación o modificación de la decisión objeto de revisión, razonada conforme a los criterios para la promoción del alumnado establecidos con carácter general por el centro docente en el proyecto educativo. (MOD 07).

  • El jefe o jefa de estudios comunicará por escrito al alumno o alumna y a su padre, madre o quienes ejerzan su tutela legal, la decisión razonada de ratificación o modificación de la decisión de promoción (MOD 08), e informará de la misma al profesor tutor o profesora tutora haciéndole entrega de una copia del escrito cursado, lo cual pondrá término al proceso de revisión.

c) Si se solicita la revisión de la calificación final de una materia y la revisión de la decisión de promoción o titulación en ESO:

  • Se procederá conforme a lo indicado en los artículos 33 y 34 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía
  • Si tras el proceso de revisión procediera la modificación de alguna calificación final o de la decisión de promoción en ESO, se actuará conforme al artículo 33 de la Orden de 14 de julio de 2016, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se regulan determinados aspectos de la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. (MOD 14).

Procedimiento de reclamaciones ante la Delegación Territorial (Segunda instancia).

  • Si tras el proceso de revisión persiste el desacuerdo, el interesado o interesada podrá solicitar por escrito al Director o Directora del Centro en el plazo de 2 días hábiles a partir de la última comunicación del Centro que eleve la reclamación a la Delegación Territorial de la Consejería de Educación.(MOD 02).
  • El Director o Directora presentará el expediente de la reclamación en la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, que contendrá ordenados los documentos relacionados en el MOD 12. Previamente, la Dirección del centro comunicará al Servicio de Inspección, al teléfono recogido en el Anexo I y II (plazos), la existencia de reclamación, indicando el nombre del alumno/a reclamante, centro, curso y materia, en cuanto tenga conocimiento de ella. Dada la brevedad de los plazos estos expedientes serán presentados personalmente en el Servicio de Inspección (3a planta) dentro de los plazos establecidos en los anexos remitidos por la Delegación, con objeto de agilizar los trámites. Cuando se considere necesario o conveniente se incluirá en el expediente Informe de la Dirección del centro.

  • El alumnado, sus padres, madres o representantes legales podrán solicitar copia de las pruebas y exámenes que formen parte de los instrumentos de evaluación aplicados. Dicha solicitud será realizada por el interesado mediante escrito firmado y dirigido a la Dirección del Centro.

Los siguientes documentos contienen las garantías procedimentales completas para cada una de las etapas educativas así como los distintos modelos de impresos:

(Pincha en la imagen para descargar)

ACTUACIONES REALIZADAS

Con carácter general

El curso 2016-17 debería haber comenzado a gestarse el pasado mes de marzo, sin embargo, la incertidumbre de la aprobación de la nueva normativa retrasó su comienzo hasta el mes de mayo. La nueva organización de las enseñanzas generó una gran cantidad de dudas y escepticismo, tanto en la propuesta de la plantilla de funcionamiento como en la organización de los grupos. El equipo directivo ha trabajado durante los meses de verano centrando su actividad en:

  • configurar la mayoría de los grupos de Secundaria y Bachillerato tomando en consideración las medidas de atención a la diversidad y las aportaciones de los tutores y tutoras de los colegios adscritos y de los grupos del curso que estaba finalizando a la espera de la celebración de las pruebas extraordinarias de septiembre, de acuerdo con la nueva configuración del currículo.
  • poner al día la documentación de Secretaría.
  • organizar el sistema de reparto de los libros de texto, la confección de los cheque-libro y la actualización de los libros de bachillerato, de acuerdo a la nueva normativa.
  • confeccionar las Agendas alumnado y el profesorado.

Desde finales de junio hasta el 10 de julio, se llevó a cabo todo el proceso de matriculación ordinaria para el alumnado que no tenía materias suspensas o que estaban en condiciones de promocionar. Durante el mes de septiembre, además de la realización de las pruebas extraordinarias y la evaluación de las mismas, se llevó a cabo la formalización de la matrícula del alumnado en un plazo de tiempo muy breve.

El día 15 de septiembre comenzó la recepción del alumnado de forma escalonada y el día 17, la vida del centro se desarrollaba con absoluta normalidad: libros de 1º, 2º, 3º y 4º de ESO entregados, explicación del uso de la Agenda y las normas de convivencia, puesta al día al profesorado que se incorporaba al centro por primera vez, horarios definitivos para Secundaria y postobligatoria, que se tuvieron que modificar debido a la necesidad de formar dos grupos más de Religión. Los días 25 de octubre y 2 de noviembre se realizó la recepción general familias y se celebró la primera sesión de tutoría en la que eligieron las madres/paredes delegados de grupo.
Durante el mes de noviembre tendrá lugar la renovación del Consejo Escolar, órgano de máxima representación de todos los sectores de la comunidad educativa
CRITERIOS COMUNES
  • Desarrollar hábitos y actitudes que permitan la participación autónoma, activa y con sentido crítico en el entorno próximo, basados en principios de solidaridad, tolerancia y respeto tanto hacia el entorno social como natural.
  • Comprender y producir mensajes escritos y orales en su lengua y lenguas de estudio, así como en los diferentes códigos artísticos, científicos y técnicos, con respeto hacia la pluralidad lingüística.
  • Conocer, apreciar y respetar la variedad cultural de Andalucía.
  • Expresarse por escrito de manera legible y clara, con corrección ortográfica superando los mínimos establecidos en el Proyecto Educativo (Decálogo de normas de expresión escrita).
  • Utilizar correctamente un nivel de vocabulario aceptable, incluido el vocabulario específico de cada materia.
  • Saber extraer información de fuentes diversas: textos, documentos, vídeos, explicaciones orales...; utilizando para ello diferentes medios que incluyan las tecnologías de la información y la comunicación.
  • Plantear interrogantes en el desarrollo de los diferentes temas, extraer las ideas principales, formular preguntas y elaborar esquemas sencillos, argumentar las respuestas en la resolución de problemas.
  • Desarrollar habilidades y destrezas en el manejo de instrumentos, herramientas y utensilios de las distintas  materias.
  • Disponer de los materiales necesarios para trabajar en clase.
  • Realizar las actividades desarrolladas en el aula.
  • Presentar los trabajos en los plazos establecidos, con orden y limpieza, acorde al Decálogo anteriormente citado.
  • Prestar atención en clase y participar en su dinámica.
  • Asistir con regularidad y puntualidad a las clases.
  • Asistir a las pruebas de evaluación (orales, escritas, prácticas...).
  • Cuidar el material y las instalaciones del Centro, colaborando con la limpieza y el orden de los mismos.
  • Respetar y escuchar a todos los miembros de la comunidad educativa.
  • Participar activamente en las actividades desarrolladas en clase, con respeto y garantizando su adecuado desarrollo.
  • Colaborar en la elaboración y respeto de las normas básicas de convivencia del aula.

E.S.O

Promoción del alumnado

Se promocionará al curso siguiente cuando se hayan superado los objetivos de las materias cursadas o se tenga evaluación negativa en dos materias, como máximo, siempre que no sean simultáneamente lengua y matemáticas, y se repetirá curso cuando se tenga evaluación negativa en tres o más materias.

Excepcionalmente, podrá autorizarse la promoción con evaluación negativa en tres materias cuando el Equipo docente considere que la naturaleza de sus dificultades no le impide seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación, a partir de las competencias básicas alcanzadas, y que dicha promoción beneficiará su evolución académica y personal.

No se tendrá en cuenta la excepcionalidad del apartado anterior cuando se den alguna de las siguientes circunstancias, que han de ser previamente comunicadas al alumnado y su familia durante el curso escolar mediante documento formalizado:
No haber superado las competencias clave (Falta de interés y pasividad manifiestas, no realización del trabajo regular de la materia o incomparecencia a las pruebas extraordinarias que se determinen).
Reiteradas faltas de asistencia o de puntualidad no justificadas (30% del total de horas de cada materia).

Las materias con idéntica denominación se calificarán y contabilizarán de forma independiente a efectos tanto de promoción del alumnado como de titulación.

Cada curso podrá repetirse una sola vez y dos veces como máximo a lo largo de la etapa. Excepcionalmente se podrá repetir el último curso de la etapa por segunda vez si no se ha repetido ningún curso de dicha etapa.

Cuando un alumno o alumna no promocione, permanecerá un año más en el mismo curso. Esta repetición deberá ir acompañada de un plan específico personalizado orientado a que supere las dificultades detectadas en el curso anterior.

Si, tras la repetición, no cumplieran los requisitos para promocionar al curso siguiente, el Equipo docente, asesorado por Orientación, decidirá la posibilidad que mejor se adapte a sus necesidades educativas, informando previamente tanto al alumnado como a sus padres, madres o tutores legales.

Cuando la segunda repetición deba producirse en el último curso de la etapa, se prolongará un año el límite de edad (19 años cumplidos el año que finalice el curso).

Se podrá adoptar la decisión de que un alumno o alumna con adaptación curricular significativa permanezca un año más de los establecidos con carácter general para esta etapa, siempre que ello favorezca la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de la misma se deriven beneficios para su desarrollo personal o su socialización.

Titulación del alumnado

El alumnado que supere todas las materias de la etapa obtendrá el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

El alumnado que haya finalizado el 4º curso con evaluación negativa en una o dos materias, siempre que no sean simultáneamente lengua y matemáticas, podrá obtener dicho título siempre que el equipo docente considere que la naturaleza y el peso de las mismas, en el conjunto de la etapa, no le ha impedido alcanzar las competencias clave y los objetivos de la etapa.

El alumnado objeto de Adaptación Curricular Individualizada Significativa obtendrá el Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria si, al finalizar la etapa, alcanza las competencias básicas y los objetivos de la etapa fijados en dicha Adaptación Curricular.

El alumnado que haya cursado un programa de formación profesional básica obtendrá el título si ha superado todas las materias/ámbitos de los dos cursos


BACHILLERATO

Promoción y titulación del alumnado

Podrá promocionar a segundo curso el alumnado que haya obtenido calificación positiva en las materias de primero, con dos excepciones como máximo. El alumnado que promocione con materias no superadas deberá seguir y superar un programa de refuerzo.

En segundo curso, no se podrá cursar como optativa una materia de modalidad que se imparta con idéntica denominación en los dos cursos, si no ha superado la correspondiente a primero. Tampoco las materias propias de modalidad de segundo curso cuyos contenidos son total o parcialmente progresivos respecto a materias de primero sin haber superado estas: Física o Química de segundo en relación a Física y Química de primero; Ciencias de la Tierra y Medioambientales respecto a Biología y Geología de primero; Biología de segundo respecto a Biología y Geología de primero, Electrotecnia de segundo en relación a Física y Química de primero.

Todo el alumnado con asignaturas pendientes deberá presentarse a las pruebas extraordinarias.

Se considerará síntoma de falta de madurez y rendimiento académico en relación con los objetivos generales de la etapa la falta de interés y pasividad manifiestas, no realización del trabajo regular de la materia o incomparecencia a las pruebas que se determinen, así como  reiteradas faltas de asistencia  o de puntualidad no justificadas (30% del total de horas de cada materia). De estas circunstancias se remitirá un informe a la familia advirtiéndole de que será determinante a a efectos de evaluación y promoción.

Sólo será propuesto para la obtención del título de Bachillerato el alumnado que haya superado todas las materias.

Cuando un alumno o alumna cambie de modalidad, los criterios de promoción se ajustarán a lo descrito en la Orden de evaluación de Bachillerato.


FORMACIÓN PROFESIONAL

Según la orden de 29 de septiembre de 2010, por la que se regula la evaluación, certificación, acreditación y titulación académica del alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de Andalucía:

El alumnado que supere todos los módulos profesionales del primer curso promocionará a segundo curso.

Con los alumnos y alumnas que no hayan superado la totalidad de los módulos profesionales de primer curso, se procederá del modo siguiente: 
a) Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados es superior al 50% de las horas totales del primer curso, el alumno o alumna deberá repetir sólo los módulos profesionales no superados y no podrá matricularse de ningún módulo profesional de segundo curso. 
b) Si la carga horaria de los módulos profesionales no superados de primer curso es igual o inferior al 50% de las horas totales, el alumno o alumna podrá optar por repetir sólo los módulos profesionales no superados, o matricularse de éstos y de módulos profesionales de segundo curso, utilizando la oferta parcial, siempre que la carga horaria que se curse no sea superior a 1.000 horas lectivas en ese curso escolar y el horario lectivo de dichos módulos profesionales sea compatible, permitiendo la asistencia y evaluación continua en todos ellos.

Para cada uno de los módulos profesionales, a excepción del módulo profesional de formación en centros de trabajo, el alumnado dispondrá de un máximo de cuatro convocatorias, con independencia de la oferta o modalidad en que los curse. En el módulo profesional de formación en centros de trabajo el alumnado dispondrá de un máximo de dos convocatorias.

Con carácter general, para los módulos profesionales de los ciclos formativos de formación profesional incluido el de formación en centros de trabajo y, en su caso, el de proyecto, el alumnado dispondrá de una convocatoria por curso escolar.

Excepcionalmente, cuando el alumnado se encuentre matriculado sólo en el módulo profesional de formación en centros de trabajo y/o, en su caso, en el módulo profesional de proyecto, podrá disponer, en las condiciones que se establezcan normativamente, de más de una convocatoria en el mismo curso escolar siempre que no haya utilizado ninguna convocatoria previamente y su realización sea posible en dicho curso escolar.

Cuando el alumnado matriculado en segundo curso de ciclos formativos en oferta completa no haya podido cursar los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y, en sucaso, proyecto, por tener pendientes otros módulos profesionales, no se le contabilizará convocatoria en los módulos profesionales de formación en centros de trabajo y proyecto. 5.1.

Titulación de alumnado de ciclos formativos

La obtención del título de Técnico o de Técnico Superior requiere acreditar la superación de todos los módulos profesionales de que conste el correspondiente ciclo formativo, así como cumplir los requisitos de acceso al mismo establecidos en el artículo 41 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en el artículo 21 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, o se acrediten algunas de las circunstancias recogidas en la disposición adicional séptima del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre.

La persona interesada deberá solicitar el título en el centro docente donde obtuvo la evaluación positiva del último módulo profesional. El secretario o secretaria de dicho centro docente verificará que reúne todos los requisitos para su obtención.

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Programa Orienta

En línea 

Hay 82 invitados y ningún miembro en línea

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